Lección 21.4 Luces y Marcas Reglas 24 - Buques remolcando y empujando
Esta lección corresponde a la Unidad Teórica UT 6.3 del temario de examen BOE.
- Regla 20. Ámbito de aplicación
- Regla 21. Definiciones
- Regla 22. Visibilidad de las luces.
- Regla 23. Buques de propulsión mecánica en navegación
- Regla 24. Buques remolcando y empujando
- Regla 25. Buques de vela en navegación y embarcaciones de remo
- Regla 26. Buques de pesca
- Regla 27. Buques sin gobierno o con capacidad de maniobra restringida
- Regla 28. Buques de propulsión mecánica restringidos por su calado
- Regla 29. Embarcaciones de práctico
- Regla 30. Buques fondeados y buques varados
- Regla 31. Hidroaviones
1. Buques remolcando y empujando
1.1. Buque remolcador
Párrafo A Buque remolcador
Todo buque de propulsión mecánica cuando remolque a otro exhibirá:
- En lugar de la luz prescrita en los apartados i) o ii) de la Regla 23 a), dos luces de tope en línea vertical. Cuando la longitud del remolque, medido desde la popa del buque que remolca hasta el extremo de popa del remolque, sea superior a 200 metros, exhibirá tres luces de tope a proa, según una línea vertical.
- Luces de costado.
- Una luz de alcance.
- Una luz de remolque en línea vertical y por encima de la luz de alcance.
- Una marca bicónica en el lugar más visible cuando la longitud del remolque sea superior a 200 metros.

Remolcador de eslora inferior a 50 metros remolcando un conjunto de longitud inferior a 200 metros

Remolcador de eslora inferior a 50 metros remolcando un conjunto de longitud interior a 200 metros

Remolcador de eslora inferior a 50 metros remolcando un conjunto de longitud superior o igual a 200 metros
En el artículo 3 (Definiciones), se incluye como buque con maniobra restringida a los "buques dedicados a operaciones de remolque que por su naturaleza restrinjan fuertemente al buque remolcador y su remolque en su capacidad para apartarse de su derrota". Se sobre entiende de esta definición que no todo buque remolcador tiene su capacidad de maniobra restringida, por eso este articulo 24 no incluye la obligación del remolcador de mostrar las luces de maniobra restringida. Esto puede ser cierto en embarcaciones de pequeño porte, pero en la práctica, todo buque remolcador ve restringida su capacidad de maniobra por el remolque, de ahí que prácticamente siempre, podremos ver a los buques remolcando exhibiendo luces y marcas de maniobra restringida, como se describen en el artículo 27.