Lección 21.4 Luces y Marcas Reglas 24 - Buques remolcando y empujando

Sitio: GREENWICH
Curso: Demo PER
Libro: Lección 21.4 Luces y Marcas Reglas 24 - Buques remolcando y empujando
Imprimido por: Invitado
Día: sábado, 5 de septiembre de 2026, 09:40

Descripción

Esta lección corresponde a la Unidad Teórica UT 6.3 del temario de examen BOE.

  • Regla 20. Ámbito de aplicación
  • Regla 21. Definiciones
  • Regla 22. Visibilidad de las luces.
  • Regla 23. Buques de propulsión mecánica en navegación
  • Regla 24. Buques remolcando y empujando
  • Regla 25. Buques de vela en navegación y embarcaciones de remo
  • Regla 26. Buques de pesca
  • Regla 27. Buques sin gobierno o con capacidad de maniobra restringida
  • Regla 28. Buques de propulsión mecánica restringidos por su calado
  • Regla 29. Embarcaciones de práctico
  • Regla 30. Buques fondeados y buques varados
  • Regla 31. Hidroaviones

1. Buques remolcando y empujando

Regla 24 Buques remolcando y empujando

Introducción:

Como buques de propulsión mecánica en navegación, los buques que estén remolcando exhibirán las luces descritas en la regla 23 (topes - según eslora, alcance, costado), y además las luces descritas en esta regla para remolcadores.

Cuando la naturaleza del remolque restrinja en extremo tanto la capacidad del buque remolcador como la de su remolque para apartarse de su derrota, además de estas luces (navegacion regla 23, remolque regla 24) exhibirán las luces y marcas de buque con capacidad de maniobra restringida descritas en la regla 27.

Aunque hay buques específicamente diseñados para remolcar, cualquier buque puede convertirse en remolcador en un momento dado. A estos buques que se convierten en remolcadores en situaciones de emergencia, les es de aplicación el párrafo i) de esta regla, en el sentido de que se les exime de la obligación de exhibir las luces de remolque, siempre que se tomen medidas para iluminar el cable de remolque.

i) Cuando, por alguna causa justificada, resulte imposible que un buque no dedicado normalmente a operaciones de remolque muestre las luces prescritas en los párrafos a) o c) de esta Regla, dicho buque no tendrá obligación de exhibir tales luces cuando esté remolcando a otro buque que esté en peligro o que, por otros motivos, necesite ayuda. Se tomarán todas las medidas posibles para indicar la naturaleza de la conexión existente entre el buque remolcador y el buque remolcado, tal como se autoriza en la Regla 36, en particular iluminando el cable de remolque.

1.1. Buque remolcador

Párrafo A Buque remolcador

Todo buque de propulsión mecánica cuando remolque a otro exhibirá:

  1. En lugar de la luz prescrita en los apartados i) o ii) de la Regla 23 a), dos luces de tope en línea vertical. Cuando la longitud del remolque, medido desde la popa del buque que remolca hasta el extremo de popa del remolque, sea superior a 200 metros, exhibirá tres luces de tope a proa, según una línea vertical.
  2. Luces de costado.
  3. Una luz de alcance.
  4. Una luz de remolque en línea vertical y por encima de la luz de alcance.
  5. Una marca bicónica en el lugar más visible cuando la longitud del remolque sea superior a 200 metros.

Remolcador de eslora inferior a 50 metros remolcando un conjunto de longitud inferior a 200 metros

Remolcador de eslora inferior a 50 metros remolcando un conjunto de longitud inferior a 200 metros

Remolcador de eslora inferior a 50 metros remolcando un conjunto de longitud interior a 200 metros

Remolcador de eslora inferior a 50 metros remolcando un conjunto de longitud interior a 200 metros

Remolcador de eslora inferior a 50 metros remolcando un conjunto de longitud superior o igual a 200 metros

Remolcador de eslora inferior a 50 metros remolcando un conjunto de longitud superior o igual a 200 metros

COMENTARIO

En el artículo 3 (Definiciones), se incluye como buque con maniobra restringida a los "buques dedicados a operaciones de remolque que por su naturaleza restrinjan fuertemente al buque remolcador y su remolque en su capacidad para apartarse de su derrota".

Se sobre entiende de esta definición que no todo buque remolcador tiene su capacidad de maniobra restringida,  por eso este articulo 24 no incluye la obligación del remolcador de mostrar las luces de maniobra restringida. Esto puede ser cierto en embarcaciones de pequeño porte, pero en la práctica, todo buque remolcador ve restringida su capacidad de maniobra por el remolque, de ahí que prácticamente siempre, podremos ver a los buques remolcando exhibiendo luces y marcas de maniobra restringida, como se describen en el artículo 27. 

1.2. Buque u objeto remolcado

Párrafo E Buque u objeto remolcado

Todo buque u objeto remolcado distinto de los que se mencionan en el párrafo g) de esta Regla* exhibirá:

  1. Luces de costado.
  2. Una luz de alcance.
  3. Una marca bicónica en el lugar más visible, cuando la longitud del remolque sea superior a 200 metros.

*Párrafo g): Todo buque u objeto remolcado, poco visible y parcialmente sumergido y toda combinación de buques u objetos en los que se den esas mismas circunstancias

COMENTARIO
Nótese que el objeto remolcado está en movimiento, y por ello lleva luces de costado y alcance. Sin embargo, al no avanzar bajo propulsión propia, no lleva luces de tope. Una regla mnemotécnica útil es pensar que el remolcado ha transferido su luz de tope al remolcador (que como vimos en el párrafo a), lleva dos/tres luces de tope en la misma vertical).

Buque remolcado por cable. Longitud conjunto superior o igual a 200 metros

Buque remolcado por cable. Longitud conjunto superior o igual a 200 metros

Buque remolcado por cable. Longitud conjunto inferior a 200 metros

Buque remolcado por cable. Longitud conjunto inferior a 200 metros

1.3. Buque empujando

Párrafos B, C, F Buque empujando

B) Cuando un buque que empuje y un buque empujado estén unidos mediante una conexión rígida formando una unidad compuesta, serán considerados como un buque de propulsión mecánica y exhibirán las luces prescritas en la Regla 23 (luces de buque de propulsion mecánica en navegación, topes, alcance, eslora).

Remolcador empujando y buque empujado

Remolcador empujando y buque empujado

COMENTARIO
Cuando empujando, la conexión es RÍGIDA, no se exhiben luces de remolque. El conjunto se ilumina como un solo buque propulsión mecánica en navegación: topes (según eslora del conjunto), alcance (solo empujador) y costado (generalmente en el empujador).

Cuando la conexión entre empujador y empujado NO ES RÍGIDA, es de aplicación el párrafo c) para el empujador y el parrafo f) i) para el empujado.

C) Todo buque de propulsión mecánica que empuje hacia proa o remolque por el costado exhibirá, salvo en el caso de constituir una unidad compuesta:

i) En lugar de la luz prescrita en los apartados i) o ii) de la Regla 23 a), dos luces de tope en una línea vertical.

ii) Luces de costado.

iii) Una luz de alcance.

¡Nótese que lleva dos topes, pero no lleva luz amarilla de remolque!
F) Teniendo en cuenta que cualquiera que sea el número de buques que se remolquen por el costado o se empujen en un grupo, habrán de iluminarse como si fueran un solo buque:

i) Un buque que sea empujado hacia proa, sin que llegue a constituirse una unidad compuesta, exhibirá luces de costado en el extremo de proa.

1.4. Buque remolcando por el costado

Párrafos B, C, F Buque remolcando por el costado

Nota: en el texto del RIPA, los casos de buque empujando y remolcando por el costado son tratados en los mismos párrafos. En este tutorial los hemos separado para mayor claridad.

C) Todo buque de propulsión mecánica que remolque por el costado exhibirá:

i) En lugar de uno/dos topes, dos luces de tope en la misma línea vertical.

ii) Luces de costado.

iii) Una luz de alcance.

F-ii) Un buque que sea remolcado por el costado exhibirá:

  • Una luz de alcance.
  • En el extremo de proa, luces de costado.
  • Cualquiera que sea el número de buques que se remolquen por el costado, habrán de iluminarse como si fueran un solo buque.

Buque remolcado por el costado

Buque remolcado por el costado.

Buque remolcado por el costado, con luces de costado en proa y de alcance

Buque remolcado por el costado, con luces de costado en proa y de alcance.

COMENTARIO
Nótese que de nuevo el buque que remolca por el costado no lleva luz amarilla de remolque, aunque indica su condición de remolcador mediante las dos luces de tope en la misma vertical. Si hay más de un objeto remolcado por el costado, el conjunto se ilumina como si fuera uno solo, es decir, una luz de alcance para el grupo, luces de costado en los extremos de proa del conjunto.

1.5. Objeto remolcado poco visible o parcialmente sumergido

Párrafo G Objeto remolcado poco visible o parcialmente sumergido

Todo buque u objeto remolcado, poco visible y parcialmente sumergido y toda combinación de buques u objetos en los que se den esas mismas circunstancias, exhibirán:

i) Cuando su anchura sea inferior a 25 metros, una luz blanca todo horizonte en el extremo de proa o cerca de éste y otra en el extremo de popa o cerca de éste, con la salvedad de que los dragones no tendrán que exhibir una luz en el extremo de proa o cerca del mismo.

Nota: Un dragón es un gran tubo estanco y flexible (generalmente de goma)  destinado a  transportar una carga líquida, mientras es remolcado casi totalmente sumergido por otro barco.

ii) Cuando su anchura sea igual o superior a 25 metros, dos luces blancas todo horizonte adicionales en los puntos extremos de esa anchura o cerca de éstos.

iii) Cuando su longitud sea superior a 100 metros, luces blancas todo horizonte adicionales entre las luces prescritas en los apartados i) y ii) de modo que la distancia entre luces no exceda de 100 metros.

iv) Una marca bicónica en el extremo popel del último buque u objeto remolcado o cerca de ese extremo, y cuando la longitud del remolque sea superior a 200 metros, una marca bicónica adicional en el lugar más visible y tan cerca como sea posible del extremo proel.

Buque fondeado de eslora superior o igual a 100 metros

Buque fondeado de eslora superior o igual a 100 metros.