3. Equipo de seguridad según zona de navegación

3.2. Balsas salvavidas

La balsa salvavidas es una balsa hinchable destinada únicamente para situaciones de emergencia, en las que se deba abandonar el barco. La balsa proporciona la única vía de escape en caso de naufragio.

Las embarcaciones de recreo que naveguen en zonas 1, 2 o 3 deberán llevar una o varias balsas salvavidas con capacidad para el total de las personas a bordo.

Las balsas salvavidas podrán ser conformes con la norma técnica ISO 9650 u otra normativa equivalente, siempre que sean homologadas por la Dirección General de la Marina Mercante.

Las características de la/s balsas/s (marca, modelo, número de serie, número de personas) deberán indicarse en el Certificado de Navegabilidad.

Revisiones

La revisión de una balsa salvavidas es un trabajo complicado y debe ser realizado por un técnico especialista.

El RD 339/2021 establece el procedimiento de la revisión:

Las balsas salvavidas serán revisadas:
a) De acuerdo con las recomendaciones, procedimientos e instrucciones de los fabricantes, sin perjuicio de lo dispuesto para las revisiones por la normativa y las normas técnicas nacionales e internacionales que les sean de aplicación. No obstante, los intervalos de revisión de las balsas, instaladas en embarcaciones de recreo que desarrollen una actividad con fines comerciales o lucrativos, no podrán ser superiores a los 24 meses.
b) En estaciones de servicio autorizadas conforme al proceso de aprobación de las recomendaciones de la Organización Marítima Internacional, que sean competentes para efectuar las operaciones de mantenimiento, tengan instalaciones de servicio apropiadas y utilicen solo personal debidamente capacitado.
RD 339/2021

CUADRO RESUMEN

Zona de navegación 1 2 3 4 5, 6, 7
Tipo de balsa Homolgación SOLAS y paquete supervivencia tipo A de SOLAS SOLAS ó ISO 9650 y paquete supervivencia tipo B de SOLAS SOLAS ó ISO 9650 y paquete supervivencia tipo B de SOLAS No requerido No requerido