6. Regla 37. Señales de peligro.

6.1. Anexo IV. Señales de Peligro

1. Las señales siguientes, utilizadas o exhibidas juntas o por separado, indican peligro y necesidad de ayuda:

a) Un disparo de cañón, u otra señal detonante, repetidos a intervalos de un minuto aproximadamente;

b) Un sonido continuo producido por cualquier aparato de señales de niebla;

c) Cohetes o granadas que despidan estrellas rojas, lanzados uno a uno y a cortos intervalos;

d) Una señal emitida por cualquier sistema de señales consistente en el grupo ...---... (SOS) del Código Morse;

e) Una señal emitida por radiotelefonía consistente en la palabra «MAYDAY»;

f) La señal de peligro «NC» del Código internacional de señales;

g) Una señal consistente en una bandera cuadrada que tenga encima o debajo de ella una bola u objeto análogo;

h) Llamaradas a bordo (como las que se producen al arder un barril de brea, petróleo, etc.);

i) Un cohete-bengala con paracaídas o una bengala de mano que produzca una luz roja;

j) Una señal fumígena que produzca una densa humareda de color naranja;

k) Movimientos lentos y repetidos, subiendo y bajando los brazos extendidos lateralmente;

l) Un alerta de socorro mediante llamada selectiva digital que se transmita en:

i) El canal 70 de ondas métricas, o

ii) Las frecuencias 2187,5 kHz, 8414,5 kHz, 4207,5 kHz, 6312 kHz, 12577 kHz o 16804,5 kHz de ondas hectométricas/decamétricas;

m) Un alerta de socorro buque-costera transmitido por la estación terrena de buque de Inmarsat u otro proveedor de servicios móviles por satélite;

n) Señales transmitidas por radiobalizas de localización de siniestros;

o) Señales aprobadas transmitidas mediante los sistemas de radiocomunicaciones, incluidos los respondedores de radar de las embarcaciones de supervivencia.