Lección 22 Señales acústicas y luminosas
Requisitos de finalización
Ver
Esta lección corresponde a la Unidad Teórica UT 6.4 del temario de examen BOE.
- Regla 32. Definiciones
- Regla 33. Equipo para señales acústicas
- Regla 34. Señales de maniobra y advertencia
- Regla 35. Señales acústicas en visibilidad reducida
- Regla 36. Señales para llamar la atención
- Regla 37. Señales de peligro
3. Regla 34. Señales de maniobra y advertencia.
Comentario:
La regla 34 trata con señales acústicas o luminosas de maniobra que se hacen cuando los buques están a la vista uno de otro. No deben confundirse con las señales acústicas que se hacen en baja visibilidad, que vienen descritas en la regla 35.
Esta regla se compone de los siguientes apartados:
a) Señales acústicas de maniobra.
b) Señales luminosas de maniobra.
c) Señales acústicas en un canal angosto (Ver regla 9).
d) Señal acústica de "disconformidad" con la maniobra.
e) Señal acústica en el recodo de un canal angosto.
f) Buques con varios pitos.