Lección 21 Luces y Marcas
Requisitos de finalización
Ver
Esta lección corresponde a la Unidad Teórica UT 6.3 del temario de examen BOE.
- Regla 20. Ámbito de aplicación
- Regla 21. Definiciones
- Regla 22. Visibilidad de las luces.
- Regla 23. Buques de propulsión mecánica en navegación
- Regla 24. Buques remolcando y empujando
- Regla 25. Buques de vela en navegación y embarcaciones de remo
- Regla 26. Buques de pesca
- Regla 27. Buques sin gobierno o con capacidad de maniobra restringida
- Regla 28. Buques de propulsión mecánica restringidos por su calado
- Regla 29. Embarcaciones de práctico
- Regla 30. Buques fondeados y buques varados
- Regla 31. Hidroaviones
Regla 27. Buques sin gobierno o con capacidad de maniobra restrigida.
Párrafo a) Buques sin gobierno.
a) Los buques sin gobierno exhibirán:
i) dos luces rojas todo horizonte en línea vertical, en el lugar más visible;
ii) dos bolas o marcas similares en línea vertical, en el lugar más visible;
iii) cuando vayan con arrancada, además de las luces prescritas en este párrafo, las luces de costado y una luz de alcance.

Comentario:
Nótese la diferencia entre estos tres casos:
- Buque varado: exhibe dos luces rojas verticales todo horizonte, además de las luces blancas todo horizonte de fondeo (Ver regla 30)
- Buque sin gobierno y sin arrancada: (no varado, no fondeado). Exhibe dos luces rojas verticales todo horizonte. Ninguna más.
- Buque sin gobierno con arrancada: exhibe dos luces rojas verticales todo horizonte, alcance y costados, pero NO exhibe luces de tope.
