5. Extintores.

5.2. Extintores válidos para incendios tipo B.

En los incendios producidos por líquidos combustibles o inflamables, gases inflamables, grasas y materiales similares, la extinción queda asegurada con mayor rapidez mediante la sofocación (aislar el oxígeno del aire), limitando el desprendimiento de vapores combustibles o interrumpiendo la reacción en cadena de la combustión.

Los extintores para protección de riesgo B deben ser seleccionados entre los siguientes:

  • dióxido de carbono
  • polvo seco
  • espuma
  • espuma formadora de película acuosa

En náutica de recreo, los extintores obligatorios son del tipo «B», pero en realidad se recargan con un polvo polivalente que puede sofocar prácticamente cualquier tipo de fuego.