Lección 13.1 Material de seguridad OJO ver tablas en PDF

Sitio: GREENWICH
Curso: Patrón de Recreo 2022
Libro: Lección 13.1 Material de seguridad OJO ver tablas en PDF
Imprimido por: Invitado
Día: sábado, 5 de septiembre de 2026, 12:31

Descripción

Esta lección corresponde a la Unidad Teórica UT 3.7 del temario de examen BOE.

1. Zonas de navegación

El Orden FOM/1144/2003, de 28 de abril, establece las siguientes Zonas de navegación.

A. Zona de navegación Oceánica. Le corresponde la siguiente Zona:

  • Zona 1. Zona de navegación ilimitada.

B. Zona de navegación en Alta Mar. Comprende las siguientes Zonas de navegación:

  • Zona 2. Navegación en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 60 millas.
  • Zona 3. Navegación en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 25 millas.

C. Zona de navegación en aguas costeras. Comprende las siguientes Zonas de navegación:

  • Zona 4. Navegación en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 12 millas.
  • Zona 5. Navegación en la cual la embarcación no se aleje más de 5 millas de un abrigo o playa accesible.
  • Zona 6. Navegación en la cual la embarcación no se aleje más de 2 millas de un abrigo o playa accesible.

D. Zona de navegación en aguas protegidas. Le corresponde la siguiente Zona:

  • Zona 7. Navegación en aguas costeras protegidas, puertos, radas, rías, bahías abrigadas y aguas protegidas en general.

CUADRO RESUMEN

  Zona de Navegación Distancia a la costa
Navegación Oceánica 1 Ilimitada
Navegación en Alta Mar 2 Hasta 60 millas
Navegación en Alta Mar 3 Hasta 25 millas
Navegación en aguas costeras 4 Hasta 12 millas
Navegación en aguas costeras 5 Hasta 5 millas
Navegación en aguas costeras 6 Hasta 2 millas
Navegación en aguas protegidas 7 Aguas protegidas en general

2. Chalecos salvavidas

Las embarcaciones que naveguen en las Zonas 2 a 7 llevarán como mínimo un chaleco salvavidas por persona autorizada.

Las embarcaciones que naveguen en la Zona 1 llevarán como mínimo un chaleco salvavidas por persona autorizada, más un 10% del total.

Se proveerán chalecos salvavidas para el 100% de niños a bordo.

Los chalecos salvavidas podrán ser:

  • de tipo SOLAS (Safety Of Life At Sea - Seguridad de la vida en la mar), homologado por la Dirección General de la Marina Mercante ó homologado por un organismo notificado con la marca de rueda de timón de acuerdo
  • con marcado "CE", homologado por un organismo notificado de acuerdo con el Real Decreto 1407/1992

Los chalecos salvavidas SOLAS deben cumplir las ultimas enmiendas SOLAS (Safety Of Life At Sea, Seguridad de la vida en la mar). Estos chalecos deben evitar el ahogamiento de una persona en todas las condiciones de mar y por tanto las pruebas a los que son sometidas para su homologación son exhaustivas.

La norma Europea define a los chalecos en función de su flotabilidad, expresada en "Newtons": chalecos de 50, 100, 150 y 275 Newtons. En el marco de la normativa CE, la flotabilidad se ha expresado para un usuario de 70 Kg. Eso significa que, en una categoría 50, 100, 150 y 275 N, la flotabilidad real del chaleco varía en función del peso del usuario.

CUADRO RESUMEN

Zona de navegación 1 2 3 4 5 ,6, 7
Chalecos salvavidas

110% personas

Tipo SOLAS ó CE 275N

100% personas

Tipo SOLAS ó CE 150N

100% personas

Tipo SOLAS ó CE 150N

100% personas

Tipo SOLAS ó CE 150N

100% personas

Tipo SOLAS ó CE 100N

2.1. Tipos de chalecos

Chaleco con flotabilidad incorporada (tecnología espuma)

Concebido para utilizar en actividades dentro del agua o en superficie, o bien en caso de caída accidental al mar. Ofrece también una protección en caso de golpe y mejora notablemente la protección térmica.

chaleco100N

Chaleco hinchable (tecnología aire)

Concebido específicamente para utilizar en caso de caída al mar. Chaleco muy compacto sin hinchar, asegura una libertad de movimientos, óptima para el usuario. 

chaleco_automatico

En caso de caída al mar, el hinchado de disparo automático o manual garantiza una gran flotabilidad.

chaleco_automatico_2

Los chalecos salvavidas inflables serán revisados anualmente en una estación de servicio autorizada.

3. Arneses y líneas de vida

Arnés de seguridad

Cumple la función de evitar la caída al agua y que se produzca una desconexión con el barco. Aunque al principio puede parecer incómodo, el arnés es importante para moverse por cubierta con mal tiempo.

arnes

El arnés está compuesto por un sistema de cinchas unidas a una hebilla, a la que se une un cabo acabado en dos mosquetones. Estos sirven para unirse a un punto firme de la embarcación, o a unas líneas de vida que van colocadas a ambas bandas de la cubierta, con el fin de que los tripulantes puedan moverse libremente en ella atados a estas.

correa

Hay modelos de arneses y chaleco salvavidas, arneses independientes e incluso arneses incorporados al traje de agua.

Línea de vida

Es un elemento de seguridad indicado para situaciones meteorológicas muy desfavorables, compuesto por dos cintas planas montadas sobre la cubierta, que van desde proa hasta popa, una por cada banda. Deben ir afirmadas a puntos de anclaje muy resistentes en el barco.

linea_de_vida

A la línea de vida se fijan los mosquetones del arnés de seguridad para que los tripulantes se puedan desplazar por la cubierta atados permanentemente.

Uso

  • Es preferible el arnés más completo, fijado al cuerpo bajo los brazos y entre las piernas.
  • La línea de amarre del arnés (longitud máxima recomendada de dos metros) debe rematarse con dos brazos y sendos mosquetones de fijación.
  • Los arneses deben ir estibados junto a los chalecos en lugares fácilmente accesibles.
  • El arnés de seguridad no es para mantenerse unido a la embarcación si se cae por la borda. ES PARA NO CAER AL AGUA. De ahí la importancia de que el arnés sea de corta longitud.
  • Se recomienda que el tripulante de guardia lo lleve puesto al caer la noche, y que jamás salga de la bañera sin éste, y siempre avisando a otro tripulante.

4. Aros salvavidas

Las embarcaciones que naveguen en las Zonas 2 a 4 llevarán un aro con luz y rabiza.

Las embarcaciones que naveguen en la Zona 1 llevarán un mínimo de dos aros salvavidas, uno de los cuales llevará luz y rabiza.

Los aros salvavidas irán estibados en un varadero por fuera de la embarcación, en el costado, de manera que sea fácil lanzarlos al agua.

Los aros salvavidas podrán ser:

  • de tipo SOLAS (Safety Of Life At Sea - Seguridad de la vida en la mar), homologado por la Dirección General de la Marina Mercante ó homologado por un organismo notificado con la marca de rueda de timón de acuerdo
  • con marcado "CE", homologado por un organismo notificado de acuerdo con el Real Decreto 1407/1992.

CUADRO RESUMEN

Zona de navegación 1 2 3 4 5 ,6, 7
Aros salvavidas

2 aros salvavidas (uno al menos llevará luz y rabiza)

1 aro salvavidas

1 aro salvavidas

1 aro salvavidas

no obligatorio

5. Balsas salvavidas

Las balsas salvavidas son un elemento imprescindible en toda embarcación, ya que proporciona la única vía de escape en caso de naufragio.

Todas las embarcaciones que naveguen dentro de las Zonas de Navegación 1, 2 y 3, deberán llevar una o varias balsas salvavidas para el total de las personas permitidas a bordo.

Las características de la/s balsas/s (marca, modelo, número de serie, número de personas) deberán indicarse en el Certificado de Navegabilidad.

 

Revisiones

  • Las balsas serán revisadas anualmente, debiendo realizarse la primera revisión al año de la entrada en servicio de la balsa.
  • La prueba hidráulica de los cilindros de inflado se realizará al menos cada cinco años, a contar desde la fecha de fabricación.
  • Cada seis años desde la fabricación, la balsa será sometida a una prueba de sobrepresión del 25% de la presión de servicio indicada por el fabricante, durante 30 minutos, seguida de una prueba de mantenimiento de seis horas a la presión de servicio, al término de la cual, la caída de presión no debe ser superior al 30%.
  • Si, durante una revisión anual, se observa un especial deterioro de la balsa, se procederá, una vez informado el propietario, a realizar la prueba de sobrepresión.

Las balsas SOLAS o equivalentes, en navegaciones en Zona 1, llevarán un paquete de emergencia tipo A de SOLAS. Las balsas en navegaciones en Zonas 2 y 3, llevarán un paquete de emergencia tipo B de SOLAS.

CUADRO RESUMEN

Zona de navegación 1 2 3 4 5 ,6, 7
Tipo de balsa Homolgación SOLAS y paquete supervivencia tipo A de SOLAS SOLAS ó ISO 9650 y paquete supervivencia tipo B de SOLAS SOLAS ó ISO 9650 y paquete supervivencia tipo B de SOLAS No requerido No requerido

6. Señales pirotécnicas de socorro.

Toda embarcación de recreo deberá disponer de las señales pirotécnicas de socorro que se indican en la tabla siguiente, según la Zona de navegación que le haya sido asignada.

Las señales deben almacenarse en un contenedor ESTANCO, de manera que se mantengan secas. Debe evitarse su exposición a altas temperaturas, por lo que´la caja estanca se guardará en un lugar fresco. Su fecha de caducidad debe comprobarse periódicamente.

Clase de señal Zona 1 Zona 2 Zonas 3-4 Zonas 5-6
Cohetes con luz roja y paracaídas 6 6 6 No requerido
Bengalas de mano 6 6 6 3
Señales fumígenas flotantes 2 2 1 No requerido

 

pirotecnia

Juego de señales pirotécnicas que es obligatorio llevar a bordo de una embarcación autorizada a navegar en Zona 4.

6.1. Cohete con Paracaidas

a. Descripción.

Contenedor que dispara un cohete que asciende a 300 mts despliega una bengala con luz roja que desciende lentamente, durante unos 40 segundos y es visible a gran distancia, entre 8 y 16 millas.

cohetecohete

En las embarcaciones que naveguen en la zona 4 es obligatorio llevar 6 unidades.

b. Recomendaciones de Uso

  • Cuándo: al avistar un barco en el horizonte.
  • Cómo:
    • Colocar el lanzador vertical, para que el cohete ascienda lo máximo posible.
    • Quitarle las dos tapas.
    • Sostenerlo con el brazo extendido espaldas al viento. El cohete se coloca siempre a sotavento del lanzador.
    • Con la otra mano se tira del disparador.

6.2. Bengala de Mano

a. Descripción

Bengala que arde con una luz roja. Dura un minuto. Es obligatorio en la zona 4 llevar 6 a bordo.

bengala

b. Recomendaciones de Uso

Cuándo: una vez localizados para llamar la atención de los medios de rescate sobre los supervivientes.
Cómo:
  • Quitarle la tapa.
  • Sostenerlo con el brazo extendido espaldas al viento. Se usa siempre a sotavento del naufrago.
  • Con la otra mano se tira del disparador.
  • Arde durante un minuto.

6.3. Señal fumígena flotante

a. Descripción.
Señal que se lanza al agua que flota y desprende un humo de color naranja durante 3 minutos. Es obligatorio llevar al menos una en las embarcaciones autorizadas a navegar en la zona 4.
señal humo
b. Recomendaciones de uso:.
  • Cuándo: una vez localizados para llamar la atención de los medios aéreos
  • Cómo:
    • Quitarle la tapa.
    • Tirar del cordón disparador
    • Arrojarla al agua por sotavento.
    • Al entrar en contacto desprende un humo naranja durante 3 min.

7. Espejos de señales y bocinas de niebla.

a. Espejos de Señales.

El espejo de señales, también llamado HELIÓGRAFO, es un espejo de forma circular que sirve para hacer destellos por reflexión de los rayos de sol.

heliografo

Es un material de seguridad obligatorio para cualquier zona de navegación.

En un día soleado, sus destellos pueden verse a distancias de hasta 20 millas náuticas.

El principal inconveniente que presenta es que solo es útil si el sol  y el barco  al que se pretenden hacer las señales se encuentran en demoras aproximadas, de manera que los destellos del espejo puedan dirigirse hacia el barco.


b. Bocina de Niebla

Descripción

Es un artefacto capaz de hacer las señales acústicas descritas en el Reglamento de Abordajes (RIPA). Suelen ser neumáticas, el aire a presion circulando por un conducto estrecho produce una vibración audible. También las hay electrónicas, en este caso, son un altavoz conectado a un circuito electrico que proporciona la señal. Estas últimas suelen venir con un programador que permite hacer de forma automática las señales reglamentarias de baja visibilidad.

Es obligatorio llevar una abordo de la embarcaciones autorizadas para navegar en la Zona 4.

Las bocinas pueden estar instaladas de manera fija en la embarcación, en estos casos el caudal de aire es suministrado por un ventilador, movido por un motor eléctrico.

bocina

Bocina electrica 24 Voltios

 

Las bocinas pueden ser también portátiles, accionadas por el gas de un recipiente a presión. En este caso, se dispondrá de una membrana y un recipiente de gas de respeto.

bocina

Bocina portatil.

 

8. Extintores Portátiles y baldes contra-incendios.

a. Extintores 

Un extintor es un recipiente que contiene un producto químico a presión, que al expandirse actúa como agente extintor de un fuego. 

extintor

«FireExtinguisherABC». Publicado bajo la licencia CC BY-SA 3.0 vía Wikimedia Commons - http://commons.wikimedia.org/wiki/File:FireExtinguisherABC.jpg#/media/File:FireExtinguisherABC.jpg.

Los extintores deben ir estibados en puntos de fácil acceso y, en la medida de lo posible, alejados de las potenciales fuentes de incendio.

Un extintor tendrá al menos 2 kg de producto extintor.

El número que los identifica significa el incendio equivalente en litros de gasolina que podría extinguir, por ejemplo, 21B significa que contiene producto para extinguir un incendio de las mismas proporciones que el que producirían 21 litros de gasolina.

Los extintores tienen que pasar una revisión anual, por una empresa autorizada  y una prueba presión (retimbrado) cada 5 años.

El número de extintores que se debe llevar en una embarcación autorizada para navegar en la zona 4 depende de la eslora y de la potencia del motor.

EXTINTORES EXIGIDOS EN FUNCION DE LA ESLORA

ESLORA

TIPO

NUMERO

Cabina  cerrada, E< 10 mts

TIPO 21B

1

10 < e < 15 mts

TIPO 21B

1

15< e <  20 mts

TIPO 21B

2

20 < e < 24 mts

TIPO 21B

3

EXTINTORES EXIGIDOS EN FUNCION POTENCIA MOTOR

POTENCIA INSTALADA

Num

Motores

TIPO

NUMERO

Menor de 150 kw (204 cv)

-

TIPO 21B

1

150 – 300 kw  (408 CV)

1

TIPO 34B

1

2

TIPO 21B

2

300 – 450 kw  (612 CV)

1

TIPO 55B

1

2

TIPO 34B

2

Mayor de 450 kw (612 CV)

1

TIPO 55B

1

2 (<300KW)

TIPO 34B

2

2(>300KW)

TIPO 55B

2

Además, el número de extintores necesarios para cubrir la potencia por encima de 450 kw

 
Si la eslora del buque es menor de 10 mts, los extintores de potencia cubren también los requisitos eslora, no es necesario sumar ambos requisitos. Si la eslora es mayor de 10 metros, si.
Las embarcaciones fuera-borda con potencia inferior a  27,7 CV  que naveguen en las  zonas 6 y 7 están exentas de estas obligaciones.
Si instalación eléctrica es de mas de 50 Volt, uno de los  extintores debe ser para fuego eléctrico.
Los buques de la lista 6 y eslora mayor de 10 mts, deben llevar un extintor más de los indicados.
 
Si el motor es de gasolina, es obligatorio una instalación fija CI 
  • Con disparo  manual desde el exterior
  • Si no cabe una persona en el compatimento del motor, está autorizado la instalación de un mecanismo de disparo automático.
Si existe instalación fija CI,  solo es obligatorio llevar un extintor adicional que cubra 1/4 de la potencia
Si la eslora es mayor de 15 mts, el buque deberá llevar extinción por agua.
b. Baldes Contra incendios.

Debe ser un cubo con capacidad igual o mayor a 7 lts.

El cubo debe ser ligero, tener una rabiza para poder recuperarlo del agua y el asa no debe poder separarse.

Es obligatorio llevar al menos uno si se va a navegar por la zona 4.

Pero si la eslora de la embarcación es mayor de 20 mts, entonces hay que llevar 3 unidades.

Pueden ser los mismos que los utilizados para achique, pero nunca pueden ser utilizados para trasegar combustible.

9. Reflector Radar.

Un reflector radar es una pieza construida con chapas metálicas que forman un octoedro que devuelve una señal radar mayor que la que devolvería el casco de la embarcación.

refclector

Su uso es obligatorio en las embarcaciones de recreo de casco no metálico que estén autorizadas a navegar en las Zonas 1 a 4.

Se colocará tan alto como sea posible.

10. Botiquines.

Las embarcaciones de recreo, sin tripulación contratada, deberán llevar los siguientes tipos de botiquines:

Zona 5: Botiquín numero 4.

Zona 3 y 4: Botiquín tipo Balsa de Salvamento

Zona 2: Botiquín tipo C.

Zona 1: Botiquín tipo C,  completado en función de la duración del viaje, parajes frecuentados y número de personas a bordo.

Referencia:

Orden PRE/930/2002 de 23 de Abril, tipos de botiquines.

11. Cuadros resumen de material náutico obligatorio.

Las embarcaciones de recreo, deberán disponer del material náutico de acuerdo con la Zona de navegación que le haya sido asignada. Las siguientes tablas resumen estás obligaciones en categorías de equipos y según la zona de navegación.

a. Equipo de Salvamento.

MATERIAL

ZONAS

NOTAS

1

2

3

4

5

6

7

Balsas salvavidas

X

X

X

 

 

 

 

Para Zonas 1, 2 y 3, plazas para el 100% de personas autorizadas a transportar.

En Zona 1, homologación SOLAS (R.D. 809/99) o equivalente.

En zonas 2 y 3, la misma homologación o según ISO 9650.

Chalecos salvavidas

X

X

X

X

X

X

X

Para Zona 1, chalecos para el 100% de las personas más un 10%.

En el resto de Zonas, chalecos para el 100% de las personas.

Homologación  SOLAS (R.D. 809/99) o "CE" (Directiva 89/686, R.D. 1407/92).

Flotabilidad:

  • Zona 1: 275 N;
  • Zonas 2, 3 y 4: 150 N
  • Zonas 5, 6 y 7: 100 N.

Aros salvavidas

2

1

1

1

 

 

 

Para Zona 1, dos aros, al menos uno con luz y rabiza.

Para Zonas 2, 3 y 4, uno con luz y rabiza.

Homologación SOLAS (R.D. 809/99) o "CE" (Directiva 89/686, R.D. 1407/92).

Cohetes con luz roja y paracaídas

6

6

6

6

 

 

 

Homologación: R.D. 809/99.

Bengalas de mano

6

6

6

6

3

3

 

Homologación: R.D. 809/99.

Señales fumígenas flotantes

2

1

1

1

 

 

 

Homologación: R.D. 809/99.

b. Equipo de Seguridad

MATERIAL

ZONAS

NOTAS

1

2

3

4

5

6

7

Caña de timón de emergencia

x

x

x

x

x

x

x

En embarcaciones de vela y en las de un solo motor si es gobernado a distancia, excepto fueraborda o de transmisión en Z.

Estachas de amarre al muelle

2

2

2

2

2

2

2

En su caso. Longitud y resistencia adecuada a la eslora.

Bichero

1

1

1

1

1

1

1

 

Remo

1

1

1

1

1

1

1

Uno de longitud suficiente y dispositivo de boga. Para eslora inferior a 6 m, un par de zaguales.

Inflador

x

x

x

x

x

x

x

Embarcaciones neumáticas, rígidas y semirrígidas.

Juego reparación pinchazos

x

x

x

x

x

x

x

Embarcaciones neumáticas, rígidas y semirrígidas.

Botiquín

x

x

x

x

x

x

x

Con tripulación contratada botiquines A, B y C según alejamiento costa y tiempo de navegación (R.D. 258/99 y Orden PRE/930/2002).

Botiquín

x

x

x

x

x

 

 

Sin tripulación contratada.

Para Zona 1: botiquín tipo C completado según duración y lugares de viaje y número de personas.

Para Zona 2: botiquín C (R.D. 258/99 y Orden PRE/930/2002).

Para Zonas 3 y 4: botiquín tipo balsa de salvamento (R.D. 258/99 y Orden PRE/930/2002).

Para Zona 5: botiquín nº 4 según Orden 4.12.80.

Líneas de fondeo Extintores portátiles, en función de la eslora

x

x

x

x

x

x

x

Obligado como mínimo 5 veces la eslora. Para más de 6 m, como mínimo la longitud de cadena será la de la eslora. Menos de 6 m puede ser sin cadena

c. Achique y contraincendios.

MATERIAL

ZONAS

NOTAS

1

2

3

4

5

6

7

 

Extintores portátiles, en función de la eslora

x

x

x

x

x

x

x

Con cabina cerrada y < 10 m, sin cabina, > 15 m y < 20 m, 21 B.

Para embarcaciones Lista 6ª y eslora > 10 m, uno más de los indicados.

Extintores portátiles, en función de la potencia instalada

x

x

x

x

x

x

x

De acuerdo con tablas en función de potencia de motor.

Instalación fija de extinción de incendios

x

x

x

x

x

x

x

En embarcaciones con motor extintor.

Detector de gas

x

x

x

x

x

x

x

Si tienen instalaciones de gas combustible.

Baldes contraincendios

2

2

1

1

 

 

 

Zonas 1 y 2, y eslora mayor de 20 m, 3 baldes.

Extractor de gases

x

x

x

x

x

x

 

Extractor antideflagrante en motores interior

Bombas de achique

2

2

2

1

1

1

1

Zonas 1, 2 y 3: una manual y otra accionada con cualquier fuente de energía. En las Zonas 4, 5 y 6 una bomba.

En la Zona 7: una bomba manual o eléctrica, para esloras menores o iguales a 6 m, con cámaras de flotabilidad, podrá sustituirse por un achicador.

En Veleros en Zonas 1 al 6, al menos una bomba será manual y fija, operable desde la bañera.

Baldes de achique

2

2

2

1

1

 

 

Pueden ser los de contraincendios.

d. Equipo de navegación.

MATERIAL

ZONAS

NOTAS

1

2

3

4

5

6

7

Luces y marcas de navegación

x

x

x

x

x

x

x

Homologación RIPA 72. Zonas 5, 6 y 7, pueden no ser homologadas en navegación diurna

Compás (aguja)

2

2

1

1

 

 

 

Zonas 1 y 2, una de gobierno con iluminación y una de marcaciones.

Zonas 3 y 4, Solo una de gobierno.

Para Zonas 1 y 2, con tablilla de desvíos

Corredera

1

1

 

 

 

 

 

 De hélice, eléctrica o de presión con totalizador, o bien un GPS.

Sextante

1

 

 

 

 

 

 

 Con las tablas necesarias para navegación astronómica.

Cronómetro

1

 

 

 

 

 

 

 

Compás de puntas

1

1

 

 

 

 

 

 

Transportador

1

1

 

 

 

 

 

 

Regla de 40 cm

1

1

 

 

 

 

 

 

Prismáticos

1

1

1

1

 

 

 

 

Cartas y libros náuticos

1

1

1

1

 

 

 

Carta: de los mares por los que navegue y los portulanos de los puertos que utilice.

Zona 1: Cuaderno de Faros y el Derrotero de la Zona por la que navegue, el Anuario de Mareas (excepto por el Mediterráneo), Manual de Primeros Auxilios, Reglamento de Radiocomunicaciones, Código de Señales.

Bocina de niebla

1

1

1

1

1

1

1

A presión manual o accionada por gas en recipiente a presión. De gas como respetos.

Campana

1

1

1

1

 

 

 

A partir de 15 m de eslora, el peso será de 5 kg. de medios para producir sonido eficaz.

Pabellón nacional

1

1

1

1

1

1

1

 

Código de banderas

1

1

 

 

 

 

 

Como mínimo las banderas “C” y “N”.

Linterna estanca

2

2

1

1

 

 

 

Con bombilla y juego de pilas de respeto.

Diario de navegación

1

 

 

 

 

 

 

 

Espejo de señales

1

1

1

1

1

1

1

 

Reflector de radar

1

1

1

1

 

 

 

Sólo en embarcaciones de casco no metálico.

Código de señales

1

1

1

1

1

1

1

Si monta aparatos de radiocomunicaciones.

e. Equipos radio.

MATERIAL

ZONAS

NOTAS

1

2

3

4

5

6

7

Licencia Estación Radio

X

X

X

 

 

 

 

 

MF/HF o INMARSAT

X

 

 

 

 

 

 

 

VHF fijo con LSD

X

X

X

 

 

 

 

 

VHF fijo sin LSD

 

 

 

X

(2)

X

(4)

(2)

 

 

(2) También podrá disponer de LSD

(4) El equipo obligatorio podrá ser un VHF fijo o VHF portátil

Receptor NAVTEX

X

 

 

 

 

 

 

 

Radiobaliza auto/manual 

X

X

 

 

 

 

 

 

Radiobaliza manual

 

 

X

 

 

 

 

 

Respondedor Radar (SART)

X

X

(1)

 

 

 

 

 

(1) El equipo obligatorio podrá ser un SART o un VHF portátil

VHF Portátil (tipo GMDSS)

X

 

 

 

 

 

 

 

VHF Portátil (IPX7)

 

X

(1)

O

(5)

0

(5)

X

(4)

0

(5)

0

(5)

(1) El equipo obligatorio podrá ser un SART o un VHF portátil

(5) O = Equipo recomendado

GPS

X

X

X

X

(3)

X

(3)

 

 

(3) Obligatorio solo si el VHF lleva LSD