Lección 3.4 Medida del Tiempo
4. 3.4.4.- Hora Oficial (Ho)
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Definición: Es la Hora Legal (Hz) modificada, si procede, por el cambio de hora estacional (horario de verano). Se define como la hora establecida por el Gobierno de la Nación para el mejor aprovechamiento de los recursos energéticos.
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España: La Hora Oficial en la Península Ibérica, Baleares, Ceuta y Melilla es, generalmente:
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Invierno: UTC+1 hora.
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Verano: UTC+2 horas.