Lección 21 Luces y Marcas

Regla 27. Buques sin gobierno o con capacidad de maniobra restrigida.

Párrafo c) Buques remolcando.

c) Los buques de propulsión mecánica dedicados a una operación de remolque que restrinja en extremo tanto la capacidad del buque remolcador como la de su remolque para apartarse de su derrota exhibirán, además de las luces o las marcas prescritas en la Regla 24 a), las luces o las marcas prescritas en los párrafos b) i) y b) ii) de esta Regla.

remolcador