Lección 21 Luces y Marcas
Regla 24. Buques remolcando y empujando.
Párrafo e) Buque u objeto remolcado.
Todo buque u objeto remolcado distinto de los que se mencionan en el párrafo g) de esta Regla* exhibirá:
- luces de costado;
- una luz de alcance;
- una marca bicónica en el lugar más visible, cuando la longitud del remolque sea superior a 200 metros.
*Párrafo g): Todo buque u objeto remolcado, poco visible y parcialmente sumergido y toda combinación de buques u objetos en los que se den esas mismas circunstancias.
Nótese que el objeto remolcado está en movimiento, y por ello lleva luces de costado y alcance. Sin embargo, al no avanzar bajo propulsión propia, no lleva luces de tope. Una regla nemotécnica útil es pensar que el remolcado ha transferido su luz de tope al remolcador (que como vimos en el párrafo a), lleva dos/tres luces de tope en la misma vertical)
